El dinero de todos y las fundación públicas

Manuel García Álvarez (*) TribunaEl Adelantado de Segovia
Recientemente hemos asistido, a través de los medios de comunicación, a la comparecencia ante las Cortes de Castilla y León de los máximos responsables de las Fundaciones públicas de la Comunidad Autónoma, para explicar sus presupuestos para el próximo ejercicio. Como defensor de los derechos de los ciudadanos no puedo sino congratularme del hecho de que, al igual que lo hacen los dirigentes de las diferentes Consejerías de la Junta de Castilla y León, también los Directores de las Fundaciones, creadas por aquéllas, expongan ante los representantes de todos el dinero de qué disponen y la forma en la que van a emplearlo, máxime si tenemos en cuenta que aquél, al fin y al cabo, sale de las arcas públicas.

Sin embargo, esta comparencia sólo es el último eslabón de la cadena que debe unir estas entidades a la Administración que procedió a su creación y a las reglas generales que deben presidir su actuación, financiada por el dinero de todos y dirigida a la satisfacción del interés general. En este sentido, es necesario llamar la atención sobre la necesidad de garantizar que esta vinculación sea consistente y no corra peligro de quebrarse. Lo mismo puede decirse de las entidades similares creadas por otras Administraciones públicas, Diputaciones o Ayuntamientos, etc.

En efecto, la creación por parte de las Administraciones, de organismos autónomos, entes públicos de derecho privado, empresas públicas, fundaciones, agencias, institutos y demás instrumentos formales, cualquiera que sea su denominación, corre el peligro de causar desconcierto en los ciudadanos, si éstos acaban por no saber dónde se destina el dinero con el que financian la actuación pública a través de sus impuestos, quién lo gasta y de qué forma lo hace.

Es verdad que las propias características económicas y sociales del entorno en el cual la Administración debe llevar a cabo su actividad, y la evolución constante del mismo, exigen, en muchos casos, acudir a la creación de instrumentos formales más flexibles para el desarrollo de la actuación pública; sin embargo ello no puede conducir, en ningún caso, a un desligamiento de la actividad de los mismos respecto de los principios generales que deben ser observados en toda actividad de naturaleza pública.

Una de las fórmulas más utilizadas en la actualidad en la Administración contemporánea para flexibilizar su actuación es la creación de fundaciones, como instrumento que permite invertir los presupuestos públicos para satisfacer necesidades generales sin el rigor que impone el Derecho administrativo.

Las Administraciones de la Comunidad Autónoma no han sido ajenas a esta tendencia general y han procedido, en solitario o en colaboración con otras Administraciones públicas, a la creación de fundaciones de tal carácter. Tampoco han sido ajenas a la financiación directa de fundaciones que, aunque en puridad no integran el sector público de la Comunidad, nutren sus presupuestos, en gran medida, con aportaciones económicas públicas.

Es aquí donde, como Procurador del Común de Castilla y León, debo instar a que se articulen todas las garantías necesarias para lograr que la actuación de este tipo de fundaciones responda a principios de objetividad y transparencia, alejándose así de toda sospecha de arbitrariedad en la gestión de los fondos públicos.

Ciertamente, en el Ordenamiento jurídico castellano y leonés ya se han introducido, por ejemplo en la Ley de Hacienda, previsiones en este sentido, pero considero que son aún insuficientes y que sería necesario crear una regulación específica en la actual Ley autonómica de Fundaciones de las Fundaciones públicas de la Comunidad, de forma análoga a como lo hace la Ley estatal para las del sector público del Estado.

En esta regulación es imprescindible que se defina con claridad la figura de las fundaciones públicas y que se garantice, en los procesos de selección de su personal y en los de adquisición de bienes y servicios necesarios para el desarrollo de su actividad, el respeto y la observancia de los principios de publicidad, concurrencia e igualdad que son exigibles a las Administraciones. Por ser estos dos ámbitos de actuación muy susceptibles de introducir arbitrariedades y especialmente sometidos a la comprensible crítica social cuando así se hace, sería preciso que la normativa vigente prevea que su desarrollo por las Fundaciones públicas se sujete a los mismos principios generales -que no a las mismas normas concretas- exigibles a las propias Administraciones.

Esta opinión me ha llevado a tomar la decisión de dirigirme recientemente a la Junta de Castilla y León sugiriendo que ejerza su iniciativa legislativa en el sentido indicado. El objetivo no es otro que garantizar que el dinero público se emplee siempre con racionalidad y con respeto de los derechos de todos, evitando siempre todo viso de oscurantismo y arbitrariedad en el gasto público.

No creo que se pueda afirmar que las Fundaciones en la Comunidad Autónoma hayan incurrido en arbitrariedades notorias; más bien al contrario, pues, por ejemplo, tengo conocimiento de una futura convocatoria pública para cubrir plazas de personal en alguna Fundación pública. Pero toda prevención es poca y más si se trata de la utilización del dinero con el cual todos sufragamos los presupuestos públicos.

No se trata, insisto, de dirigir el dedo acusador a las Fundaciones públicas en la Comunidad, sino de advertir sobre la necesidad de crear los mecanismos necesarios para que la transparencia y la persecución del interés general, sean siempre las guías del empleo del dinero de todos, sea quien fuere el encargado de gastarlo.

(*) Procurador del Común de Castilla y León