La Justicia impide iniciar el expediente de traslado de una explotación ganadera
El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Valladolid acordó denegar al Ayuntamiento de Medina del Campo la entrada por falta de notificación en una explotación ganadera situada en el casco urbano de la localidad para iniciar los trámites de traslado como establece la normativa regional. Los hechos comenzaron hace un año cuando un grupo de 70 vecinos de la calle Chalamandrín de la localidad presentaron una denuncia ante el Ayuntamiento de Medina del Campo por los olores que originaba una explotación ganadera de vacas frente a su bloque de pisos.
El Ayuntamiento inició los trámites administrativos para investigar la denuncia y trasmitírsela a la Consejería de Ganadería para que instara al traslado de la explotación fuera del casco urbano. “Para iniciar los trámites teníamos que acudir con un técnico municipal para verificar qué es lo que había en esas cuadras, pero el propietario nos negó la entrada”. Entonces es cuando el Ayuntamiento tuvo que acudir a la Justicia para poder entrar en la explotación y seguir investigando la denuncia de los vecinos. “Y ahora la Justicia nos deniega la entrada por un supuesto error en la notificación al afectado”, aseguró Lambás.
El teniente de alcalde explicó que desde el Ayuntamiento se le notificó al propietario la necesidad de saber qué es lo que tenía en la explotación, “aunque para iniciar los trámites averiguatorios en este tipo de circunstancias no es necesaria la notificación, sería si fuese un trámite sancionador, pero esa no es nuestra competencia”. La sentencia asegura que para autorizar la entrada en un domicilio, esta tiene que estar debidamente motivada y, consecuentemente, cumplirá la función de garantía de la inviolabilidad del domicilio que le corresponde”. Asimismo la sentencia explica que no consta que el Ayuntamiento de Medina del Campo haya notificado al interesado este requerimiento, aunque en una de las ocasiones se personó la Policía Local “así que esta falta de notificación no puede estimarse subsanada por el conocimiento que de la resolución ha tenido a través de este procedimiento, pues presupuesto previo para autorizar la entrada en domicilio es la notificación de la resolución”. Ahora el Ayuntamiento de Medina del Campo presentará recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. En la última década, el Ayuntamiento de Medina del Campo ha iniciado 15 expedientes para el traslado de instalaciones ganaderas del casco urbano a las afueras del municipio.
Iván Lozano-El Día de Valladolid









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