Hay más vías.

Desde que uno envía un escrito a una Administración Pública se abre un plazo de un año, en el cual, puedes acudir al Procurador del Común. Y si ni a éste contestan, pues les "riñe" por no cumplir el Procedimiento administrativo, y, ante este requerimiento normalmente suelen actuar.

Y también existe la posibilidad de acudir al Defensor del Menor, a los Medios de Comunicación ....

En todo caso, lo que no es justo es que paguen niños por actuaciones de mayores.

Un saludo,siempre solidario.

 

Responder

El contenido de este campo se mantiene como privado y no se muestra públicamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
Más información sobre opciones de formato