En rebajas, ¡que no rebajen tus derechos!.
Enviado por FACUA Castilla ... el Jue, 26/07/2007 - 07:04. Consumo y usuariosInformación censurada en el semanario de La Voz de Medina.
Desde medinapatasarriba, FACUA Castilla y León- Consumidores en acción, hace un llamamiento a los Grupos Municipales para que se cuestionen acerca de la realización de publicidad municipal en un Medio de comunicación, que pone trabas a la difusión de las actividades realizadas por esta organización social y por tanto a su conocimiento por los consumidores y usuarios de la comarca.
NOTA DE PRENSA
FACUA Castilla y León - Consumidores en Acción, recuerda que
EN REBAJAS QUE NO REBAJEN TUS DERECHOS.
SÉ CONSCIENTE: SON PRODUCTOS DE IGUAL CALIDAD A MENOR PRECIO.
FACUA Castilla y León.- Consumidores en acción, recuerda que las Ventas en Rebajas, son Ventas en las que el comerciante hace una reducción en los precios dado el cambio de estación o temporada, pero sobre los productos que el establecimiento vende habitualmente, los que ya tenía antes de las rebajas.
El periodo de rebajas en Castilla y León, comprende desde el 1 de Julio al 31 de Agosto. Si el establecimiento optar por hacer rebajas, el tiempo mínimo es una semana y el máximo dos meses. El precio ha de ser inferior, y se debe indicar el precio rebajado junto al anterior sin la rebaja.
Producto rebajado no es lo mismo que SALDO que son productos cuyo valor de mercado es inferior ya que están defectuosos, deteriorados, u obsoletos. Tampoco es lo mismo que producto fabricado para estas ventas.
Debemos evitar las aglomeraciones ya que éstas pueden hacer que adquiramos productos de un modo irracional.
Sería más aconsejable pagar en efectivo, para controlar lo que gastamos en todo momento.
Los derechos de los consumidores no se pueden ver reducidos por encontrarnos en rebajas. Por ello hemos de tener en cuenta que:
· En la etiqueta debe constar el precio rebajado y el anterior.
· Si el establecimiento acepta tarjetas durante el año, también en rebajas, salvo que indique lo contrario en lugar bien visible. Al pagar con tarjeta, sólo pueden cobrarnos el precio del artículo, nunca recargos.
· El producto ha de tener idéntica calidad y ser de venta habitual en el establecimiento.
· Tenemos que informarnos de si se admiten devoluciones, y si se hacen por dinero, un vale u otro producto, y en qué plazos, teniendo en cuenta que, en todo caso se tiene derecho a la devolución si el producto está deteriorado. En este último caso, se tiene derecho a que nos lo reparen, cambiarlo por uno idéntico en función del coste de la reparación y del objeto, o a devolver el dinero cuando no es posible ni la reparación ni su sustitución.
. Que la publicidad tiene valor contractual, es decir, si hay una oferta, el comerciante está obligado a tener existencias de los productos, y el consumidor puede exigir que le traigan dicho artículo o que le entreguen otro de igual calidad o superior al publicitado.
· El importe a cobrar es el que indica en el etiquetado de la misma, y es el que hay que abonar, con independencia de que al ir a pagar indiquen que es otro, sería un error del establecimiento.
· El consumidor tiene derecho a solicitar la Hoja de Reclamaciones de que deben disponer los establecimientos. Y rellenarla. La Reclamación es un derecho ineludible del consumidor. Recuerda que la copia amarilla es para el responsable del establecimiento, la verde para el consumidor y la blanca debe remitirse al Servicio Territorial Competente en materia de consumo, pudiendo pasarte por una Asociación de Consumidores u OMIC para que efectúe este trámite, o recurrir para su presentación a cualquier registro de la Administración de Castilla y León. Junto a ella hay que presentar las pruebas, facturas u otros documentos para mejorar la valoración de los hechos objeto de reclamación.


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