Por un Medina más limpio.

NOTA DE PRENSA


El 5 del presente nos dirigimos tanto al Sr. Presidente de la Mancomunidad Tierras de Medina como al Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Medina del Campo, en relación con la necesidad de cerrar las tapas de los contenedores de RSU para evitar la propagación de malos olores, cuestión esta que ya se ha puesto en conocimiento en varias ocasiones del Sr. Alcalde. -Queja que nos fue contestada año y medio después, aproximadamente, a petición del Procurador del Común de Castilla y León,- así como la necesidad de proceder, con mayor asiduidad al lavado de estos, poniéndolos en condiciones más higiénicas.

 

Agradecemos sinceramente, -pues aunque el hacer las cosas bien, es el objetivo último, a veces se precisa también el incentivo del reconocimiento- la rápida contestación que, desde la Mancomunidad Tierras de Medina se ha dado a esta exigencia, ya que a 10 del presente hemos obtenido una respuesta, que es lo mínimo que un ciudadano de esta villa o de cualquier otro lugar de la geografía española tiene derecho, evitándonos el tener que acudir al Procurador del Común para exigir una respuesta.

De verdad, le felicitamos por la prontitud de su respuesta. Quedamos pues a la espera de la del Sr. Alcalde, la cual no se hará esperar en aras del buen uso que hemos de dar a los escasos árboles que existen en nuestro planeta y en aras a una actuación eficiente y eficaz, por parte de nuestra Administración Local.

Asimismo, desearíamos realizar la misma felicitación por que la gestión realizada por el Presidente de la Mancomunidad fuera atendida por la empresa adjudicataria del servicio de recogida de R.S.U., CESPA S.A, ya que forma parte de su cometido hacer las cosas bien en beneficio de los usuarios de Medina y Comarca, y en caso contrario, recuerde nuestra sugerencia de que se le sancionen o penalicen en el pago del coste del servicio que realiza.

En cuanto a la mención relativa a que el posterior uso de los particulares hace difícil controlar el cierre de los mismos, ya deberían saber los ciudadanos que no se puede depositar la basura a cualquier hora del día, sino teniendo en cuenta los horarios establecidos (ahora de 20:00H a 23:00H) así como que existe la obligación de cerrar los contenedores una vez depositada la basura y que, según la ordenanza en vigor, pueden ser sancionados por los miembros de la Policía Municipal.

Ahora lo que debemos pedir es que los miembros de la Policía Municipal denuncien a quien no cumpla las normas más elementales de convivencia en sociedad.

Así según la citada ordenanza:

“Artículo 29º. Horario.

1.- Las basuras habrán de depositarse en el interior de los contenedores y dentro del horario establecido al efecto por el Ayuntamiento que es el siguiente:

a) Durante los meses de julio, agosto y septiembre: de lunes a domingo de las veintiuna horas a las veinticuatro horas.

b) Durante el resto del año: de lunes a domingo de las veinte horas a las veintitrés horas.

2.- Los usuarios de los contenedores están obligados al cierre de los mismos, una vez que se haya efectuado el depósito de las basuras en ellos.”..

Artículo 41º. Responsabilidad.

1.- Las responsabilidades derivadas del incumplimiento de las obligaciones señaladas en esta Ordenanza serán exigibles no sólo por los actos propios, sino también por los de aquellas personas de quien se deba responder y por el proceder de los animales de los que fuese propietario.

2.- Cuando se trate de obligaciones colectivas, tales como el uso, conservación y limpieza de recipientes normalizados, limpieza de zonas comunes, etc., la responsabilidad será atribuida a la respectiva comunidad de propietarios o habitantes del inmueble cuando no esté constituida y, al efecto, las denunciase formularán contra la misma o, en su caso, contra la persona que ostente su representación.

3.- Comprobado el incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, la policía municipal efectuará la correspondiente denuncia en su deber de exigir el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones generales. A la vista de las actuaciones practicadas, los servicios municipales competentes propondrán las medidas correctoras que procedan.

4.- Recibida la denuncia, una vez comprobada la identidad del denunciante, se incoará el oportuno expediente en averiguación de los hechos denunciados, siguiéndose la adopción de las medidas cautelares necesarias, hasta la resolución final.”...

Por otra parte, la mala comunicación entre el Ayuntamiento, la Mancomunidad y la Empresa CESPA S.A., no puede redundar en perjuicio de los ciudadanos del municipio, usuarios todos – el que vive al lado del contenedor, como el que vive lejos de él, o quien deambula por la calle- en cuanto destinatarios finales de un servicio, por ello, en aras de lograr una ciudad más limpia y acogedora responsabilicémonos cada uno de la parte que nos corresponde en esta materia. Con unos contenedores cerrados, limpios, y depositando las basuras en el horario establecido, nuestro olfato y nuestra vista (la de todos los usuarios) lo agradecerán.

Responder

El contenido de este campo se mantiene como privado y no se muestra públicamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
Más información sobre opciones de formato